Gestión y Tratamiento

Todos los residuos, independientemente de su categoría, están sujetos a una legislación específica que hace que hace que las empresas se clasifiquen en productor (aquel que genera el residuo), poseedor (que en el caso de los RCD es el responsable de que se gestione correctamente) y el gestor (entidad encargada de su transporte, tratamiento, valorización o depósito).

Hay que tener en cuenta que los  productores y poseedores de residuos de construcción y demolición en obras menores de construcción y reparación domiciliaria están exentos de las operaciones de gestión que se van a describir, ya que los residuos que generan tienen la consideración jurídica de residuo urbano y estarán, por ello, sujetos a los requisitos que establezcan las entidades locales en sus respectivas ordenanzas municipales.

 

OBLIGACIONES DE LOS PRODUCTORES Y POSEEDORES DE RCD

 

1. Generación

PRODUCTOR: Entre las obligaciones que se exigen al  productor, destaca la inclusión en el proyecto de obra de un estudio de gestión de los residuos de construcción y demolición que se producirán en ésta.

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El Estudio de Gestión de Residuos en obra deberá incluir, entre otros aspectos:

  • Estimación de su cantidad,
  • Medidas genéricas de prevención que se adoptarán,
  • Destino previsto para los residuos,
  • Medidas para la separación de los residuos en obra,
  • Valoración de los costes derivados de su gestión que deberán formar parte del presupuesto del proyecto.

POSEEDOR: el poseedor es el responsable de la correcta gestión de los residuos generados y estará obligado a la presentación a la propiedad de la obra de un plan de gestión de los residuos de construcción y demolición en el que se concrete cómo se aplicará el estudio de gestión de los residuos, así como a sufragar los correspondientes costes de gestión y a facilitar al productor la documentación acreditativa de la correcta gestión de tales residuos.

 

2. Recogida, transporte y almacenamiento

Una vez generados los RCD, su recogida y transporte, desde el punto de generación o el ecoparque en el caso de los RCD domiciliarios, ha de efectuarse a través de gestor autorizado.

Los RCD recogidos en las obras de construcción y demolición se pueden destinar a estaciones de transferencia o a plantas de valorización.

 

3. Estaciones de transferencia

Los residuos generados, antes de destinarse a instalaciones de valorización o de eliminación, pueden pasar a plantas de transferencia por razones de optimización del transporte. En ellas se procede a la retirada de determinados materiales valorizables (fracciones no áridas), tales como la madera, el plástico o los metales. Estas fracciones y las áridas se almacenan separadamente hasta que suponen un volumen rentable para su transporte a valorización material y/o eliminación.

 

4. Tratamiento (Valorización)

Los RCD recogidos en las plantas de tratamiento se clasifican y tratan con el objetivo principal de obtener áridos reciclados que cumplan los requisitos técnicos mínimos para ser utilizados en los usos para los que son viables técnica y económicamente: rellenos, hormigones, cubiertas.

PLANTAS DE TRATAMIENTOVERTEDEROSMERCADO DE SUBPRODUCTOSVALORIZACIÓN ENERGÉTICA

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